Consulta. Pregunta 7 (6)

El día 25 de octubre de 2017 escribíamos a los miembros de la Corte Constitucional en términos parecidos a los siguientes: “… Los obispos de los Vicariatos Apostólicos del Ecuador queremos hacerles conocer nuestra preocupación por los “pueblos en aislamiento”, PIA, de nuestra región. El Vicariato Apostólico de Aguarico, desde hace más de 60 años, ha estado entre ellos y los ha defendido juntamente con su territorio. Hace 30 años nuestro anterior obispo Alejandro Labaka y la Hna. Inés Arango dieron la vida por esta causa.

Como ustedes conocen, somos testigos cercanos de esta realidad, estuvimos presentes y seguiremos presentes, vigilando y denunciando cualquier situación que ponga en riesgo la vida y derechos de estos pueblos, protegidos por la Constitución del Ecuador. La vida y cultura de los pueblos Tagaeri-Taromenani y Waorani se encuentra en riesgo y su espacio se ha reducido debido a las actividades extractivas (petróleo, madera) y la colonización. Según últimas investigaciones habitan en las cercanías del bloque Armadillo y sus caminos atraviesan la zona de Los Reyes, así como por los bloques 14,17,16, 31, en donde se han registrado incidentes, encuentros y muertes, documentadas por el Vicariato de Aguarico y de las que tienen conocimiento las autoridades encargadas de su protección.

Desde nuestra experiencia en territorio, les proponemos una redacción nueva para la pregunta 7ma. De la Consulta: “¿Está Usted de acuerdo en incrementar la Zona Intangible en las zonas donde se tenga conocimiento de presencia de pueblos en aislamiento para garantizar así el respeto a su territorio dentro del Parque Nacional Yasuní?”.

Expresamos algunos argumentos para justificar nuestra propuesta:

. La Constitución del Ecuador dice que los territorios de los Pueblos en Aislamiento son intangibles. Necesitamos saber, como ciudadanos, cuáles son sus territorios ancestrales donde habitan.

. La Corte Constitucional debe pronunciarse por la defensa de estas personas, que son las más vulnerables de nuestra sociedad y garantizar que se respeten esos territorios.

. La protección de la vida y territorio de estos pueblos debe ser prioridad, aunque esto signifique poner límites a la actividad hidrocarburífera, maderera o agrícola que se desarrollan en la zona.

. Ampliar la zona intangible significa poner límites a las actividades que hacen presión sobre sus territorios, aunque eso signifique el necesario recorte en los bloques petroleros y frenar el frente agrícola colono.

. No se trata de poner límites de unos kilómetros más o menos, sino lo suficiente para impedir el avance de las carreteras y la construcción de infraestructuras dentro de sus territorios por los que están rodeados (petróleo, madera, invasiones…).

. Para la protección de los pueblos en aislamiento se ha de tomar en cuenta la información y evidencias sobre la existencia de sus casas, chacras y señas de su presencia.

. Se debe impulsar a las instituciones encargadas, a realizar un trabajo sostenido y permanente con la población waorani y campesina de la región sobre derechos humanos y colectivos.

. La sociedad civil debe estar vigilante pues la ampliación en sí misma, no es garantía de su vida si esto no viene de la mano de medidas reales y efectivas de protección, y no debe significar división del territorio waorani”.

Las observaciones que se pudieron haber hecho a la propuesta 7 no se tomaron en cuenta. La pregunta pasó a la Consulta del día 4 de febrero tal como se escribió por primera vez debido a las pugnas políticas: la Corte no se pronunció nunca y el gobernante tampoco supo nunca de los reparos a la pregunta hechos desde algunos sectores. No hubo una reflexión ni comprobación técnica en territorio que determinara lo que implica el Yasuní como región ecológica, morada de pueblos ancestrales (algunos ocultos) y zona petrolera con sus profundas afectaciones. Las visiones hidrocarburífera y económica se impusieron por encima de toda otra consideración. “La producción no cambiará”. “Es demasiado dinero para dejarlo bajo tierra. No habrá afectación a la producción” (Telégrafo, octubre, 20l7).

La apuesta de Correa y su gabinete de explotar el petróleo del Parque Nacional Yasuní, respaldado por su grupo mayoritario en el Congreso, a regañadientes entró en vigencia el año 2016. Ahora, a través de esta pregunta “inconsulta” de la Consulta, la ambigüedad se impone y, en lugar de entenderse como una pregunta que pretende ampliar la zona de protección de estos pueblos y territorios, puede entenderse como lo contrario y convertirse en un espaldarazo a la declaratoria de interés nacional del correísmo.

En nada ha cambiado la propuesta de Correa, sino que se la ha santificado y reforzado con una votación contundente, opacándola a los ojos de la gente con los juegos cartográficos de “aquí se quita y por allá se añade”. Se amplían las zonas de protección de los pueblos ocultos (ZITT) dentro del Parque Nacional Yasusní en el que ya estaba prohibida la explotación petrolera por Constitución y se achican las zonas habitadas por los pueblos ocultos en las que se explotaba el petróleo. El Yasuní, a pesar de la hermosa retórica que se ha tejido en torno a él, no deja de ser un proyecto petrolero de gran alcance.

En la actualidad no se pueda intentar un proyecto petrolero o minero pasando por alto las razones políticas y económicas de los territorios ancestrales y de los recursos naturales del medio ambiente, ambos protegidos por la constitución y sujetos de derechos. Sin embargo, el Estado y las empresas se adueñan de estos capitales naturales, madera, petróleo o minas transformándolos en oportunidades de millonarios negocios. El Estado asume gratuitamente la buena voluntad de los pueblos indígenas de colaborar con estos proyectos. Estos proyectos los dibujan, al alimón, en mapas para fijarlos ante nuestros ojos indiferentes y los aprueban.

P. José Miguel Goldáraz

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Rocafuerte y 6 de Diciembre
Francisco de Orellana (Ecuador)
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